1. Ser peruana o peruano por nacimiento;
(“Artículo 2o.- Son peruanos por nacimiento:1. Las personas nacidas en el territorio de la República.2. Los menores de edad en estado de abandono, que residen en el territorio de la República, hijos de padres desconocidos.3. Las personas nacidas en territorio extranjero, hijos de padre o madre peruanos de nacimiento, que sean inscritos durante su minoría de edad en el respectivo Registro del Estado Civil, Sección Nacimientos, de la Oficina Consular del Perú. El derecho otorgado en el numeral 3 es reconocido sólo a los descendientes hasta la tercera generación.” LEY 202674)
2. No ser mayor de 30 años de edad al 31 de marzo del año de postulación;
3. Tener grado académico de bachiller (en adelante, grado de bachiller) y/o título profesional universitarios en cualquiera de las carreras reconocidas por el sistema universitario nacional, o su equivalente para aquellos que hubieren cursado estudios en el exterior, inscrito en el Registro Nacional de Grados y Títulos de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante, SUNEDU).
* Excepcionalmente, en caso que se encuentre en trámite la expedición del diploma que acredita la obtención del grado de bachiller y/o del título profesional universitarios, el postulante puede presentar una declaración jurada de haber iniciado el trámite para su obtención, conjuntamente con constancia de haber cumplido satisfactoriamente los requisitos para ello, expedida por la universidad respectiva. En dicho caso, debe presentar el diploma correspondiente o la Resolución Rectoral que confiere el grado y/o título a más tardar el día hábil previo a la fecha del último examen del Concurso de Admisión. En caso de tener grado de bachiller y/o título profesional universitarios otorgados por universidad extranjera, el diploma correspondiente debe estar legalizado o apostillado, según corresponda, con traducción oficial al castellano, en caso que se encuentre en otro idioma, y debidamente inscrito en la SUNEDU;
4. Tener dominio del idioma castellano;
5. No haber sido desaprobado más de una vez en concursos de admisión convocados por la Academia Diplomática. No se considera en este supuesto a los postulantes que, habiendo aprobado el examen oral de concepto, no alcanzaron vacante para ingresar a la Academia Diplomática;
6. No haber sido expulsado de ningún centro de estudios superiores o institutos armados;
7. No registrar antecedentes penales ni policiales, y
8. Haber cumplido con los requisitos y condiciones establecidos para el proceso de inscripción.
Reglamento de la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar https://www.adp.edu.pe/uploads/archivos/10-10-23-506800884.pdf
Directiva del Concurso https://www.adp.edu.pe/uploads/archivos/10-10-23-2053550928.pdf